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sábado, 27 de abril de 2024

La Regla Primitiva del Temple - Parte II

 Sobre ea Merienda. 


30. Cuando cae el sol y comienza la noche escuchad la señal de la campana o la llamada a oración, según las costumbres del país, y acudid todos a capítulo. Pero disponemos que primero merendéis; si bien dejamos la toma de este refrigerio al arbitrio y discreción del Maestre. Cuando queráis agua u ordenéis, por caridad, vino aguado, que se os dé con comedimiento. Ciertamente, no deberá ser en exceso, sino con moderación. Porque Salomón dijo: Quia vinum facit apostatare sapientes. ÃÃ ÄÄ Que quiere decir que el vino corrompe a los sabios.





Sobre mantenerse en Silencio. 


31. Cuando los hermanos salgan del capítulo no deben hablar abiertamente excepto en una emergencia. Dejad que cada uno vaya a su cama tranquilo y en silencio, y si necesita hablar a su escudero, se lo deberá decir en voz baja. Pero si por casualidad, a la salida del capítulo, la caballeresca o la casa tiene un serio problema, que debe ser solventado antes de la mañana, entendemos que el Maestre o el grupo de hermanos mayores que gobiernan la Orden por el Maestre, puedan hablar apropiadamente. Y por esta razón obligamos que sea hecho de esta manera. 


32. Porque está escrito: In multiloquio non effugies peccatum. Que quiere decir que el hablar en demasía no está libre de pecado. Y en algún otro lugar: Mors et vita in manibus lingue. Que significa: 'La vida y la muerte están bajo el poder de la lengua.' Y durante esa conversación nosotros conjuntamente prohibimos palabras vanas y estruendosos ataques de risa. Y si algo se dice, durante esa conversación, que no debería haberse dicho, ordenamos que al acostaros recéis un paternoster con notable humildad y sincera devoción. 


Sobre los Hermanos Convalecientes.


33. Los hermanos que por el trabajo de la casa padezcan enfermedad pueden levantarse a la matinas con el consentimiento y permiso del Maestre o de aquellos que se encarguen de ese menester. Deberán decir en lugar de las matinas trece paternosters, así queda establecido, de tal forma y manera que sus palabras reflejen su corazón. Así lo dijo David: Psallite sapienter. Que significa: 'Canta con sabiduría.' E igualmente dijo David: In conspectu Angelorum psallam tibi. Que significa: 'Yo cantaré para ti ante los ángeles.' Y dejad que esto sea siempre así y a la discreción del Maestre o de aquellos encargados de tal menester.


Sobre la Vida en Comunidad. 


34. Leemos en las Sagradas Escrituras: Dividebatur singulis prout cuique opus erat. Que significa que a cada uno le será dado según su necesidad. Por esta razón nosotros decimos que ninguno estará por encima de vosotros, sino que todos cuidareis de los enfermos; y aquél que esté menos enfermo dará gracias a Dios y no se preocupará; y permitiréis que aquel que esté peor se humille mediante su debilidad y no se enorgullezca por la piedad. De este modo todos los miembros vivirán en paz. Y prohibimos a todos que abracen la excesiva abstinencia; si no que firmemente mantengan la vida en comunidad. 


Sobre el Maestre.

35. El Maestre puede a quien le plazca entregar el caballo y la armadura y lo que desee de otro hermano, Y el hermano cuya cosa pertenecía no se sentirá vejado ni enfadado: porque es cierto que si se enfada irá contra Dios. 





Sobre dar Consejos. 


36. Permitir solo a aquellos hermanos que el Maestre reconoce que darán sabios y buenos consejos sean llamados a reunión; y así lo ordenamos, y que de ninguna otra forma alguien pueda ser escogido. Porque cuando ocurra que se desee tratar de materias serias; como la entrega de tierra comunal, o hablar de los asuntos de la casa, o recibir a un hermano, entonces si el Maestre lo desea, es apropiado reunir la congregación entera para escuchar el consejo de todo el capítulo; y lo que considere el Maestre mejor y más beneficioso, dejar que así se haga.


Sobre los Hermanos enviados a Ultramar. 


37. Los Hermanos que sean enviados a diversos países del mundo deberán cuidar los mandatos de la Regla según su habilidad y vivir sin desaprobación respecto a la carne y el vino, etc. para que reciban elogio de extraños y no mancillar por hecho o palabra los preceptos de la Orden, y para ser un ejemplo de buenas obras y sabiduría; por encima de todo, para que aquellos con quienes se asocien y en cuyas posadas reposen, sean recibidos con honor. Y a ser posible, la casa donde duerman y se hospeden que no quede sin luz por la noche, para que los tenebrosos enemigos no los conduzcan a la maldad, dado que Dios así lo prohibe.


Sobre Mantener la Paz. 


38. Cada hermano debe asegurarse de no incitar u otro a la ira o enojo, porque la soberana piedad de Dios ve al hermano fuerte igual que al débil, en nombre de la Caridad. 


Cómo deben actuar los Hermanos. 


39. A efecto de llevar a cabo sus santos deberes, merecer la Gloria del Señor y escapar del temible fuego del infierno, es acorde que todos los hermanos profesos obedezcan estrictamente a su Maestre. Porque nada es más agradable a Cristo Jesús que la obediencia. Por esta razón, tan pronto algo sea ordenado por el Maestre o en quien haya delegado su autoridad, deberá ser obedecido sin dilación como si Cristo lo hubiese impuesto. Por ello Cristo Jesús por boca de David dijo y es cierto: Ob auditu auris obedivit mihi. Que quiere decir: 'Me obedeció tan pronto me escuchó". 


40. Por esta razón rezamos y firmemente dictaminamos a los hermanos caballeros que han abandonado su ambición personal y a todos aquellos que sirven por un período determinado a no salir por pueblos o ciudades sin el permiso del Maestre o de quien él haya delegado; excepto por la noche al Sepulcro y otros lugares de oración dentro de los muros de la ciudad de Jerusalén. 


41. Allí, irán los hermanos por parejas, de otra forma no podrán salir ni de día ni de noche; y cuando se detienen en una posada, ningún hermano, escudero o sargento puede acudir a los aposentos de otro para verlo o hablar con él sin permiso, tal y como se ha dicho. Ordenamos por unánime consentimiento que en esta Orden regida por Dios, ningún hermano deberá luchar o descansar según su voluntad, sino siguiendo las ordenes del Maestre, a quien todos deben someterse, para que sigan las indicaciones de Cristo Jesús que dijo: Non veni facere voluntatem meam, sed ejus que misit me, patris. Que significa: 'Yo no vine a hacer mi propia voluntad, sino la voluntad de mi padre quien me envió.'


Cómo deben Poseer e Intercambiar. 


42. Sin el permiso del Maestre o quien en su lugar ostente el cargo, que ningún hermano intercambie cosa alguna con otro, ni así lo pida, a menos que sea de escaso o nulo valor. 


Sobre Cerrojos.


43. Sin permiso del Maestre o quien le represente, ningún hermano tendrá una bolsa o monedero que se pueda cerrar; pero los directores de casas o provincias y el Maestre no se atendrán a esto. Sin el consentimiento del Maestre o su comandante, que ningún hermano tenga cartas de sus parientes u otras personas; pero si tiene permiso, y así lo quiere el Maestre o comandante, estas cartas le pueden ser leídas.


Sobre Regalos de Seglares. 


44. Si algo que no se puede conservar, como la carne, es regalado en agradecimiento, a un hermano por un seglar, lo presentará al Maestre o al Comandante de Avituallamiento. Pero si ocurre que uno de sus amigos o parientes desea regalárselo solo a él, que no lo acepte sin el permiso del Maestre o su delegado. Es más, si el hermano recibe cualquier otra cosa de sus parientes, que no lo acepte sin permiso del Maestre o de quien ostente el cargo. Especificamos, que los comandantes o mayordomos, que están a cargo de estos menesteres, que no se atengan a la citada regla. 


Sobre Faltas. 


45. Si algún hermano, hablando o en soldadesca, o de algún otro modo, comete una pecado venial, deberá voluntariamente decírselo al Maestre, para redimirse con el corazón limpio. Si no acostumbra a redimirse de este modo, que reciba una penitencia leve, pero si la falta es muy seria que se aleje de la compañía de sus hermanos de tal forma que no coma ni beba en la mesa con ellos, si no solo; y se someterá a la piedad y juicio del Maestre y hermanos, para que sea salvado el día del Juicio Final.


Sobre faltas Graves. 


46. Por encima de todo, debemos asegurarnos que ningún hermano, poderoso o no, fuerte o débil, que desee promocionarse gradualmente devenga orgulloso, defienda su crimen y permanezca sin castigo. Pero si no quiere someterse por ello que reciba un castigo mayor. Y si misericordiosas oraciones del consejo se rezan por él a Dios, y él no quiere enmendarse, si no que se enorgullece más y más de ello, que sea erradicado del rebaño piadoso; según lo que el apóstol dice: Auferte malum ex vobis. Que quiere decir: 'Aparta los malvados de entre los tuyos.' Es necesario para vosotros separar las ovejas perversas de la compañía de los piadosos hermanos.


47. Es más, el Maestre, que debe llevar en su mano el báculo - y bastón de mando que sostiene las debilidades y fortalezas de los demás; deberá ocuparse de ello. Pero también, como mi señor St Maxime dijo: 'Que la misericordia no sea mayor que la falta; ni que el excesivo castigo encamine al pecador a regresar a sus malas acciones. '


Sobre las Murmuraciones 


48. Disponemos por divino consejo, el evitar las plagas: de envidia, murmuración, despecho y calumnia. Por tanto cada uno debe guardar celosamente los que el apóstol dijo: Ne sis criminator et susurro in populo. Que significa: 'No acuses o perjudiques al pueblo de Dios.' Pero cuando un hermano sepa con certeza que su compañero ha pecado, en privado y con fraternal misericordia que sea él mismo quien lo amoneste secretamente, y si no quiere escuchar, otro hermano deberá ser llamado, y si los rehusa a ambos, deberán decirlo públicamente ante el capítulo. Aquellos que deprecian a sus semejantes sufren de terrible ceguera y muchos están llenos de gran tristeza ya que no desarraigan la envidia que sienten hacia otros; y por ello serán arrojados hacia la inmemorial perversidad del demonio. 


Que Nadie se Enorgullezca de sus Faltas.


49. Las palabras vanas se sabe son pecaminosas, y las dicen aquellos que se enorgullecen de su propio pecado ante el justo juez Cristo Jesús; lo que queda demostrado por las palabras de David: Obmutui et silui a bonis. Que significa que uno debería incluso refrenarse de hablar bien, y observar el silencio. Asimismo prevenid hablar mal, para evitar la desgracia del pecado. Ordenamos y firmemente prohibimos a un hermano que cuente a otro hermano o a cualquiera, las valientes acciones que llevó a cabo en su vida seglar y los placeres de la carne que mantuvo con mujeres inmorales. Deberán ser consideradas faltas cometidas durante su vida anterior y si sabe que ha sido expresado por algún otro hermano, deberá inmediatamente silenciarlo; y si no puede lograrlo, abandonará el lugar sin permitir que su corazón se mancille por estas palabras. 


Que Nadie Pida.


50. A esta costumbre de entre otras, ordenamos que os adhiráis firmemente: que ningún hermano explícitamente pida el caballo o la armadura de otro. Se hará de la siguiente manera: si la enfermedad de un hermano o la fragilidad de sus animales o armadura es conocida y por lo tanto no puede hacer el trabajo de la casa sin peligro, que acuda al Maestre, y exponga la situación en solícita fe y verdadera fraternidad, y se atenga a la disposición del Maestre o de quien ostente su cargo.




Sobre animales y escuderos


51. Cada hermano caballero puede tener tres caballos y ninguno más sin el permiso del Maestre, debido a la gran pobreza que existe en la actualidad en la casa de Dios y en el Templo de Salomón. A cada hermano le permitimos tres caballos y un escudero; y si éste último sirve voluntariamente por caridad; el hermano no debería pegarle por los pecados que cometa.


Que ningún Hermano pueda tener una brida ornamentada.


52. Nosotros prohibimos seriamente a cualquier hermano que luzca oro o plata en sus bridas, estribos, ni espuelas. Esto se aplica si las compra; pero si le son regalados en caridad, los arneses la plata y el oro que sean tan viejos que no reluzcan, que su belleza no pueda ser vista por otros ni ser signo de orgullo: entonces podrá quedárselos. Pero si le son regalados equipos nuevos que sea el Maestre quien disponga de ellos como crea oportuno. 


Sobre fundas de Lanza. 


53. Que ningún hermano tenga una funda ni para su lanza ni para su escudo, pues no es ninguna ventaja, al contrario podría ser muy perjudicial.


Sobre las bolsas de comida. 


54. Este mandato que establecemos es conveniente para todos y por esta razón exigimos sea mantenido de ahora en adelante, y que ningún hermano pueda hacerse una bolsa para comida de lino o lana, o de cualquier otro material que no sea profinel. 


Sobre la Caza. 


55. Prohibimos colectivamente que ningún hermano cace un ave con otra. No es adecuado para un religioso sucumbir a los placeres, sino escuchar voluntariamente los mandamientos de Dios, estar frecuentemente orando y confesar diariamente implorando a Dios en sus oraciones el perdón de los pecados que haya cometido. Ningún hermano puede presumir de la compañía de un hombre que caza a un ave con otra. Al contrario es apropiado para un religioso actuar simple y humildemente sin reír ni hablar en demasía, con razonamiento y sin levantar la voz. Y por esta razón, disponemos especialmente a todos los hermanos que no se adentren en el bosque con lanzas ni arcos para cazar animales, ni que lo hagan en compañía de cazadores, excepto promovidos por el amor a salvaguardarlos de los paganos infieles. Ni deberéis ir con perros, ni gritar ni conversar, ni espolear vuestro caballo solo por el deseo de capturar una bestia salvaje.


Sobre el León. 


56. Es verdad que os habéis responsabilizado a entregar vuestras almas por vuestros hermanos, tal y como lo hizo Cristo Jesús, y defender la tierra de los incrédulos paganos, enemigos del hijo de la Virgen María. Esta mentada prohibición de caza no incluye en forma alguna al león, dado que viene sigiloso y envolvente a capturar su presa, con sus zarpas contra el hombre e id con vuestras manos contra él. 


Cómo pueden tener propiedades y hombres.


57. Esta bondadosa nueva orden la creemos emana de las Sagradas Escrituras y de la divina providencia en la Sagrada Tierra del Este. Lo que significa que esta compañía armada de caballeros puede matar a los enemigos de la cruz sin pecar. Por esta razón juzgamos que debéis ser llamados Caballeros del Temple, con el doble mérito y la gallardía de la honestidad; que podáis poseer tierras y mantenerlas, villanos y campos y los gobernéis con justicia, e impongáis vuestro derecho tal y como está específicamente establecido. 


Sobre los Diezmos. 


58. Vosotros habéis abandonado las seductoras riquezas de este mundo y os habéis sometido voluntariamente a la pobreza; y por ello hemos resuelto que los que viváis en comunidad podáis recibir diezmos. Si el obispo de la localidad, a quien el diezmo se debería entregar por derecho, desea darlo en caridad; con el consentimiento del capítulo, puede donar esos diezmos que posee su Iglesia. Es más, si un plebeyo guarda los diezmos de su patrimonio para sí, y en contra de la Iglesia, y desea cederlos a vosotros lo puede hacer con el permiso del prelado y su capítulo.





Sobre hacer Juicios. 


59. Sabemos, ya que lo hemos visto, que los perseguidores y amantes de peleas y dedicados cruelmente a atormentar a los fieles de la Sagrada Iglesia y a sus amigos, son incontables. Por el claro juicio del consejo, ordenamos que si alguien en los lugares del Este o en cualquier otro sitio os solicita parecer, por creyentes y amantes de la verdad debéis juzgar el hecho, si la otra parte accede. Este mismo mandato se aplicará siempre que algo os sea robado.


Sobre los Hermanos Ancianos. 


60. Disponemos por consejo compasivo que los hermanos ancianos y débiles sean honrados con diligencia y reciban la atención de acuerdo con su fragilidad; y cuidados por la autoridad de la Regla en aquellos menesteres necesarios para su bienestar físico, y que en forma alguna se sientan afligidos. 



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